Auto Supremo AS/0148/2017
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0148/2017

Fecha: 14-Jun-2017

Bajo ese marco, inicialmente debe quedar expresado que, de la revisión de antecedentes que cursan

Bajo ese marco, inicialmente debe quedar expresado que, de la revisión de antecedentes que cursan en obrados, se advierte que la demandante sostuvo en su demanda, que prestó sus servicios para el Movimiento de Mujeres Indígenas del Mundo (MOMIM), como capacitadora en peluquería, desde el 10 de febrero de 2008 hasta el 29 de octubre de 2015, fecha última en la que el empleador habría rescindido de manera unilateral el contrato de trabajo indefinido que mantenía con su persona, en cuyo mérito demanda el pago de beneficios sociales y derechos laborales, conforme se precisa en el mencionado escrito de demanda