Auto Supremo AS/0148/2017
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0148/2017

Fecha: 14-Jun-2017

Se deja establecido que, revisada la liquidación efectuada en la Sentencia de primera instancia, y

Se deja establecido que, revisada la liquidación efectuada en la Sentencia de primera instancia, y tomando en cuenta el tiempo de prestación de servicios determinado por los jueces de fondo para el pago de la indemnización (Desde el 10/02/2008 hasta el 29/10/2014), se advierte un error material que debe ser corregido en aplicación a lo dispuesto por el art. 226. I y II del Código Procesal Civil, aplicable por remisión del art. 252 del Código Procesal del Trabajo, tomando en cuenta el nuevo promedio indemnizable