Auto Supremo AS/0148/2017
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0148/2017

Fecha: 14-Jun-2017

De la revisión de la sentencia se observa que el Juez de primera instancia señaló

De la revisión de la sentencia se observa que el Juez de primera instancia señaló y nominó con claridad las pruebas aparejadas por las partes al proceso en cuestión, de las cuales fueron determinantes en cuanto a los conceptos sociales condenados a su pago, conforme a los siguientes hechos: i) Relación laboral: De cargo: literales de fs. 1 a 5, 110 a 121, 121, testificales de fs. 124 a 128; De descargo: literales de fs. 46 a 88, además de lo afirmado en la contestación a la demanda; estableciéndose además que las testificales de descargo cursantes de fs. 135 a 139, no desvirtuaron lo concluido; ii) Tiempo de servicios y modalidad de contrato: Literal de fs. 1, testificales de Dolores Tejerina Cataño, Elizabeth Plata Ortíz, Zaide Johenia Ramos y Mariluz Limón, cursantes de fs. 124 a 128, confesión provocada a la representante Karin Gemio Espejo, cursante de fs. 142 a 143, además de las literales de fs. 119 a 120; iii) Salario promedio mensual: Literal de fs. 4; y iv) Aguinaldo: basamento legal. La valoración probatoria en cuanto a los hechos concluidos, mereció la confirmación por el Tribunal de alzada, con similares argumentos