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    Auto Supremo AS/0504/2017
    Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

    Auto Supremo AS/0504/2017

    Fecha: 30-Jun-2017

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    • Por memorial presentado el 12 de mayo de 2017, cursante de fs
    • I.1. Aideé Nava Andrade, formula su pretensión en base a los siguientes argumentos
    • d)Deja expresa constancia, que su persona en las etapas antes referidas en el ejercicio de
    • e)También señala que, el Auto de Apertura de juicio 118/2010 data de 16 de noviembre,
    • f)La Sentencia 004/2016 fue emitida por el Tribunal de Sentencia de Padilla el 2 de
    • g)En conclusión, señala que el proceso seguido en su contra tiene una duración de ocho
    • I
    • d)El 7 de octubre de 2009, el Ministerio Público presenta ampliación y reformulación de imputación
    • e)El 29 de octubre de 2010, el Ministerio Público emite la última ampliación de la
    • f)Sobre la actividad procesal del interesado, señalan que por parte de los recurrentes no formularon
    • h)Realizando una crítica al Código de Procedimiento Penal, la Ley 007 y la Ley 586,
    • Por decreto de 12 de mayo de 2017 de fs
    • II.1.Respuesta a la excepción de Aideé Nava Andrade
    • a)En aplicación de los arts
    • También señala, otros aspectos como que la excepcionista y el coimputado Jhon Caba Chávez, desintegraron
    • c)También se debe tener en cuenta que las autoridades judiciales del Tribunal de Sentencia de
    • d)Refiere que en este caso se está ante un delito de Lesa Humanidad que es
    • e)Señala que la excepcionista procede a realizar un cómputo del tiempo de la extinción de
    • II
    • b)Agrega que cuando los adherentes se refieren al plazo razonable, deben tener en cuenta que
    • d)Con relación a los argumentos de los adherentes sobre la conducta de las autoridades, están
    • III
    • El Tribunal Constitucional Plurinacional, efectuando una reconducción de la línea asumida por el Tribunal Constitucional
    • III
    • El art
    • La Constitución Política del Estado en su art
    • Entre los motivos de extinción de la acción penal que fija la norma procesal penal,
    • Las causas de suspensión de la prescripción suspenderán el plazo de duración del procedimiento
    • Vencido el plazo, el Juez o Tribunal del proceso, de oficio o a petición de
    • Por su parte, el segundo párrafo del art
    • Toda persona a quien se atribuya un delito tiene derecho a ser tratada con el
    • Por su parte el art
    • Ahora bien, en cuanto a los aspectos que la autoridad jurisdiccional debe observar para determinar
    • De ahí que se entiende, que el plazo previsto por el art
    • La actividad o conducta procesal del imputado; con relación a la conducta procesal, cabe destacar
    • En definitiva, la garantía de juzgamiento en plazo razonable, es coherente con la garantía a
    • La excepcionista y los adherentes refieren en términos categóricos, que a la fecha de la
    • •Fs
    • •Fs. 6506 y vta., Aydeé Nava Andrade plantea recuso de reposición
    • •Fs. 11379 a 11411, Aydeé Nava Andrade el 28 de noviembre interpone recurso de casación
    • Cristhian Jaime Flores Vedia
    • Iván Álvaro Ríos Escalier
    • De dichos antecedentes, se advierte que la excepcionista y los adherentes al plantear sus memoriales
    • En consecuencia, se advierte que la conducta de los procesados fue determinante para la demora
    • Por otro lado, se tiene en el presente caso que para el transcurso del tiempo
    • Esta situación, hace evidente que el presente caso lleva consigo una complejidad, no solo por
    • Sin duda, la pluralidad de procesados y de delitos, genera una complejidad en la tramitación
    • •Fs. 413, Savina Cuellar Leaños el 20 de julio de 2010 presenta recurso de reposición
    • •Fs.8326 a 8400 vta., cursa Sentencia y Acta de Audiencia de Juicio Oral
    • •Fs. 11121 a 11176, Epifania Terrazas Mostacedo el 28 de noviembre, interpone recurso de casación
    • •Fs. 11179 a 11231, Franz Quispe Fernández el 28 de noviembre, formula recurso de casación
    • •Fs. 11304 a 11346, Jamil Pillco Calvimontes el 28 de noviembre interpone, recurso de casación
    • De los antecedentes expuestos en el punto anterior, resulta evidente que el órgano judicial en
    • Por tanto, las consecuencias de las dilaciones se originan en el accionar procesal de los
    • La Sala Penal del Tribunal Supremo de Justicia, con la facultad conferida en los arts
    • Secretario de Sala Dr. Cristhian G. Miranda Dávalos

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