Auto Supremo AS/0504/2017
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0504/2017

Fecha: 30-Jun-2017

f)Sobre la actividad procesal del interesado, señalan que por parte de los recurrentes no formularon


f)Sobre la actividad procesal del interesado, señalan que por parte de los recurrentes no formularon recursos o incidentes que tiendan a paralizar o demorar los actos investigativos; por el contrario, el Estado en desviación de poder fue encargado de complejizar el proceso ampliando las imputaciones y sin realizar mayores actos investigativos. Incluso, en la etapa de juicio ninguno de los incidentes interpuesto por los recurrentes fue acogido para sostener que se habrían anulado actuaciones y se haya retrotraído el trámite; por el contrario, los acusadores Fiscal y particular antes de que el Tribunal entre a deliberar recusaron a uno de los jueces ciudadanos con afectación a la composición del Tribunal, además formularon incidente de producción de prueba extraordinaria con las demoras que ello implicó y sobre todo afirman que el Estado retrasó de sobre manera el proceso, por ejemplo en el traslado del testigo Boris Martín Villegas desde Santa Cruz hasta Padilla, dilación que incluyó en el transcurso del tiempo; al respecto, señalan que se debe tener en cuenta la interpretación de la Sentencia Constitucional 0584/2007-R de 9 de julio