Auto Supremo AS/0504/2017
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0504/2017

Fecha: 30-Jun-2017

I.1. Aideé Nava Andrade, formula su pretensión en base a los siguientes argumentos


I. ARGUMENTOS DE LA EXCEPCIÓN

I.1. Aideé Nava Andrade, formula su pretensión en base a los siguientes argumentos:

a)Inicialmente hace referencia a los arts. 5, 10, 27, 31, 133 y 308 inc. 4) del Código de Procedimiento Penal (CPP), 9 inc. 4), 13 inc. IV, 20, 115.II, 178.I, 180.I y 410 de la Constitución Política del Estado (CPE), 14.3.c) del Pacto Internacional de Derechos Civiles y Políticos 7.1 y 8.1 de la Convención Americana de Derechos Humanos (Pacto de San José de Costa Rica), 3 de la Declaración Universal de Derechos Humanos, 3 y 30 de la Ley del Órgano Judicial (LOJ) y que el plazo máximo establecido por Ley para la conclusión del presente proceso se encuentra vencido superabundantemente, pues de tres años que tenía que durar como máximo, al presente ya transcurrieron ocho años y 11 once meses aproximadamente, proceso en el cual su persona en ningún momento hubiera sido declarada rebelde, ni incurrió en alguna de las formas de suspensión del cómputo del plazo para que opere la extinción de la acción penal por duración máxima del proceso