Auto Supremo AS/0653/2017
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0653/2017

Fecha: 19-Jun-2017

En mérito a esos antecedentes, la Sala Penal Primera del Tribunal Departamental de Justicia de

En mérito a esos antecedentes, la Sala Penal Primera del Tribunal Departamental de Justicia de Santa Cruz, emitió el Auto de Vista cursante de fs. 559 a 561 vta., por el que “declara ADMISIBLE y PROCEDENTE el recurso de apelación, planteada por el demandado Gobierno Autónomo Municipal de Santa Cruz de la Sierra, representado por su Alcalde Ing. Percy Fernández Añez y deliberando en el fondo ANULA la Sentencia apelada Nº 14/12 de fs. 462 a 465 y hasta fs. 250 vta., de obrados inclusive.”, señalando: Que el juez habría reconocido la existencia de un contrato verbal, que la misma correspondería a la vía de la jurisdicción ordinaria y no administrativa, precisando lo que fuera un contrato de venta. Refiriendo a lo que se aproximaría el contrato referido a uno de adhesión. Analiza las características de las facultades de compra de las entidades estatales y que en el caso no se habría demostrado que la compra de los equipos de informática se encuentre exentos del proceso de contratación, que por el contrario habría conocimiento por el demandante de la existencia de aquel proceso por las aseveraciones efectuadas por el actor. Refiera la anómala forma del contrato, puntualizando que no fuera adecuado manifestar el tipo de contrato alegado, más aun cuando emergiera de un proceso de adquisición de bienes y servicios, de las características que refiere. Apunta que toda entidad estatal no está constituida por una sola persona sino que responde a una estructura generada y creada por la sociedad además otros aspectos, y que en el caso no se demostró ni determinó que los funcionarios señalados tuvieran capacidad de la contratación directa de los equipos. No se habría tomado en cuenta la declaración de la funcionaria que no tuvo contacto con el demandante no habiendo probado que existiera alguna relación contractual y sin que se hubiera esclarecido el hecho