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    Auto Supremo AS/0667/2017
    Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

    Auto Supremo AS/0667/2017

    Fecha: 19-Jun-2017

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    • Partes: Hugo Francisco Flores Quispe y otra. c/Pedro Mamani Huanca y otra
    • Distrito: La Paz
    • I. ANTECEDENTES DEL PROCESO
    • II. DEL CONTENIDO DEL RECURSO DE CASACIÓN
    • Que se habría vulnerado el art
    • Que en Sentencia erráticamente señalarían que los demandantes nunca establecieron fehacientemente cuales eran los litigios
    • Que existirá error de hecho y derecho en la apreciación de la prueba cuando los
    • Con relación a la respuesta al recurso la demandados señalaron, que el tribunal de alzada
    • III. DOCTRINA APLICABLE AL CASO
    • En este antecedente, el Tribunal de Casación a momento de realizar el análisis sobre los
    • Es de importancia considerar que el principio de congruencia procesal, si bien pondera el derecho
    • En el recurso de casación en la forma y en relación al principio de congruencia,
    • De donde se tiene que el Juez no puede simple y llanamente aplicar la nulidad,
    • Primeramente se debe tener presente que el art
    • En este marco, se concluye que cuando se alegue incongruencia omisiva en la resolución impugnada,
    • Entendimiento orientado por este Supremo Tribunal en diversos fallos entre ellos el Auto Supremo Nº
    • Ahora si dicha respuesta, no satisfacía las expectativas deducidas por los recurrentes debieron formular la
    • En esa lógica, la pérdida de competencia procederá si esta es reclamada oportunamente y resulta
    • Razonamiento que ya fue vertido por este Tribunal Supremo de Justicia en varios Autos Supremos
    • La Ley Nº 025 con el fin de dar continuidad al proceso incorporó un nuevo
    • Por otra parte, el art. 17 del mismo cuerpo normativo establece
    • Al respecto, este Supremo Tribunal de Justicia en su diversos fallos, entre ellos el Auto
    • Principio de Convalidación
    • Principio de preclusión
    • Principios y disposiciones legales marcan el límite de la actuación de los Jueces vocales y
    • En el caso de Autos, se evidencia que el recurso… tampoco se ajusta a los
    • Seguidamente, las recurrentes en el punto II, denominado “casación en el fondo”, señalan que debido
    • Del análisis del recurso de casación se tiene que el recurrente si bien hace alusión
    • Al respecto corresponde señalar que conforme se señaló en el punto III
    • En este marco, corresponde señalar que del análisis del Auto de vista recurrido, se tiene
    • Así también, en cuanto al tercer reclamo de apelación donde el apelante acusó
    • Por otra parte, se debe tener en cuenta que conforme se fundamentó en el punto
    • En relación a que se habría vulnerado el art
    • Al respecto se debe señalar que tomando en cuenta lo desarrollado en el punto III
    • Por otra parte en cuanto a se habría vulnerado el art
    • En cuanto a que en Sentencia erráticamente señalarían que los demandantes nunca establecieron fehacientemente cuales
    • Al respecto corresponde precisar que el reclamo que los recurrentes traen a colación en el
    • Por lo manifestado, corresponde a este Tribunal resolver conforme señala el art
    • POR TANTO: La Sala Civil del Tribunal Supremo de Justicia del Estado Plurinacional de Bolivia,
    • Regístrese, comuníquese y devuélvase
    • Relatora: Mgda. Dra. Rita Susana Nava Durán.

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