Auto Supremo AS/0667/2017
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0667/2017

Fecha: 19-Jun-2017

Con relación a la respuesta al recurso la demandados señalaron, que el tribunal de alzada

De las Respuestas al Recurso de Casación.-
Con relación a la respuesta al recurso la demandados señalaron, que el tribunal de alzada declaro por no presentada la demanda por no haber cumplido con los requisitos del art 327 del adjetivo civil, por lo que sería así que la Juez A quo habría dado una correcta aplicación del art. 333 del CPC, ya que conforme los datos del proceso se le habría dado un plazo prudente para reformular y se subsane su demanda y lo que buscarían los demandantes es hacer incurrir en error a los juzgadores ya que con la demanda sólo pretenderían seguir detentando ilícitamente el inmueble en cuestión