Auto Supremo AS/0503/2017-RA
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0503/2017-RA

Fecha: 12-Jul-2017

De la revisión de antecedentes se advierte, que no se tiene constancia sobre la fecha


Cabe destacar que esta doctrina de flexibilización de los requisitos de admisibilidad y permisibilidad de activar el recurso de casación ante la denuncia de defectos absolutos adoptada por este Tribunal, ha sido ratificada por el Tribunal Constitucional en las Sentencias Constitucionales 1112/2013 de 17 de julio, 0128/2015-S1 de 26 de febrero y 0326/2015-S3 de 27 de marzo, entre otras, al señalar que guarda conformidad con los valores de justicia e igualdad y el principio de eficacia de los derechos fundamentales, entre ellos el acceso a la justicia y la justicia material, última que exige adoptar criterios que permitan enmendar y reparar la afectación grave de derechos y garantías constitucionales ocurridas en la tramitación de los procesos.

IV. ANÁLISIS SOBRE EL CUMPLIMIENTO O NO DE DICHOS REQUISITOS

De la revisión de antecedentes se advierte, que no se tiene constancia sobre la fecha de notificación a los recurrentes con el Auto de aclaración, complementación y enmienda al Auto de Vista 77/2016, sin embargo, en aplicación del principio de favorabilidad a los impugnantes, al no ser un error atribuible a los mismos, de los cuáles, Arturo Mamani Guanca formuló su recurso de casación el 21 de octubre de 2016; y, Celso Siñani Huanca, Benita Cruz Canaviri y Joaquín Haycho Saire; interpusieron el 24 del mismo mes y año; teniéndose ante lo señalado, por cumplido el requisito temporal exigido en el art. 417 del CPP, correspondiendo a continuación verificar el cumplimiento de los demás requisitos de admisibilidad