Auto Supremo AS/0503/2017-RA
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0503/2017-RA

Fecha: 12-Jul-2017

Sin perjuicio de lo señalado, se tiene que en esta primera parte del motivo ahora


La presente denuncia consta de dos partes, una primera relativa a que debido a la duración de más de cuatro años el proceso, se provocó que el juez que conoció inicialmente la causa de manera ininterrumpida, sea reemplazado alternativa durante la sustentación del juicio oral, por otro juez que no tuvo esa relación directa, lo que habría ocurrido en el presente caso, en el cual, “…un juez en un delito de acción privada otro concluye el juicio emitiendo resolución: lo que además de la inobservancia del principio de inmediación conlleva también la directa vulneración del debido proceso en su elemento del JUEZ NATURAL COMPETENTE. Por lo que indudablemente constituye un defecto absoluto no susceptible de convalidación” (sic). Reclamo sobre el cual, no se evidencia invocación alguna de precedente legal, ni se realiza ninguna contrastación con el mismo, denotando algún tipo de contradicción en la que hubiera incurrido el Tribunal de alzada.

Sin perjuicio de lo señalado, se tiene que en esta primera parte del motivo ahora analizado, se denuncia inobservancia del principio de inmediación y del debido proceso en su elemento al juez natural competente, lo que a decir de los recurrentes, implica defecto absoluto no susceptible de convalidación; al respecto, si bien los recurrentes no invocan precedentes contradictorios, denuncian la concurrencia de defectos absolutos, que implican la vulneración del debido proceso en su elemento al juez natural, generado por haber sido presuntamente juzgado por dos jueces distintos, conllevando suficientes elementos que permiten su admisibilidad vía flexibilización