Auto Supremo AS/0761/2017
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0761/2017

Fecha: 18-Jul-2017

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6.- Que existirá omisión de pronunciamiento sobre aspectos propios de la actividad financiera, aspectos que harían referencia a la actividad regulatoria como ser la presunción de legalidad de los actos administrativos emitidos por las diferentes reparticiones del sector publica gozarían de presunción de legalidad, que el contrato en cuestión sería un documento cuyas formalidades legales y el cumplimiento de contenido u requisitos, le correspondían a la notaria de gobierno y no así a un particular como el señor Raúl España Smith; y su participación se habría limitado a suscribir un contrato de adhesión, tampoco existirá daño económico, señalando que la lesión al estado no se puede presumir, que la totalidad del crédito habría sido totalmente pagado pago realizado con el control del Banco Central de Bolivia, vigilada y autorizada por el Ministerio de Economía y Finanzas señalando aspectos referentes a la evolución regulatoria del operación y los resultados de FUNDAPRO, por lo que debieron pronunciarse sobre cada uno de los elementos esgrimidos