Auto Supremo AS/0761/2017
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0761/2017

Fecha: 18-Jul-2017

En consecuencia, no resultan fundados los reclamos acusados en la apelación incidental de Antonio

Principio de Conservación.- Este principio da a entender que en caso de que exista duda debe mantenerse la validez del acto, esto en virtud a que se debe dar continuidad y efectos a los actos jurídicos sin importar el vicio que expongan, siempre y cuando, la nulidad no sea de tal importancia que lesione la calidad misma del acto.
Principio de Trascendencia.- Si bien resulta evidente que el alejamiento de las formas procesales ocasiona la nulidad o invalidez del acto procesal, empero esta mera desviación no puede conducir a la declaración de nulidad, razón por la cual se debe tener presente que para la procedencia de una nulidad tiene que haber un perjuicio cierto e irreparable, pues no hay nulidad sin daño o perjuicio “pas de nullite sans grieg”, es decir que previamente a declarar la nulidad se debe tener presente el perjuicio real que se ocasionó a las partes con el alejamiento de las formas prescritas.
Principio de Convalidación.- Partiremos señalando que convalidar significa confirmar, revalidar; este principio refiere que una persona que es parte del proceso puede convalidar el acto viciado, dejando pasar las oportunidades señaladas por ley para impugnar el mismo (preclusión); en otras palabras, si la parte que se creyere perjudicada omite deducir la nulidad de manera oportuna, vale decir en su primera actuación, este hecho refleja la convalidación de dicho actuado.
Principio de preclusión.- Concordante con el principio de convalidación tenemos al principio de preclusión también denominado principio de eventualidad que está basado en la pérdida o extinción de una facultad o potestad procesal, encontrando su fundamento en el orden consecutivo del proceso, es decir, en la especial disposición en que deben desarrollarse los actos procesales.
Principios y disposiciones legales que marcan el límite de la actuación de los Jueces, Vocales y Magistrados en cuanto a las nulidades por actividad procesal defectuosa, a ser decretadas estableciendo como regla general la continuidad de la tramitación del proceso hasta su total conclusión mientras no haya indefensión evidente o acreditada por parte del imputado que reclama dicho aspecto.
En el caso de autos y toda vez que el apelante se limita a acusar, la inobservancia el control de convencionalidad con el fin de fiscalizar que las actuaciones reclamadas vía actividad procesal defectuosa, sin referir cómo y en qué forma este hecho le causaría indefensión o afectación a alguno de sus derechos; corresponde señalar que conforme ya mencionó la Sala Penal como Tribunal contralor de Garantías, en el Auto Supremo Nº 007/2017; cumplió con la revisión de la fundamentación de imputación formal que en criterio de los incidentistas seria carente, concluyendo de manera detalla que el Ministerio Publico cumplió con dicho actuado, explicando los motivos, razones y circunstancias tanto de hecho como derecho, por los que atribuye a los coimputados provisionalmente la comisión de los delitos imputados en el presente proceso, en tal entendido, toda vez que en el caso de autos, no resulta evidente la falta de fundamentación en la imputación formal, la falta del control de convencionalidad resulta un aspecto intrascendente para generar la nulidad procesal, más si se tome en cuenta que es el mismo apelante quien refiere que dicho control seria “…plenamente aplicable para sanear el vicio existente a partir de la ilícita imputación formal…”, y en caso presente al estar ampliamente verificado en el Auto Supremo Nº 007/2017, la existencia de fundamentos claros y concretos en la imputación formal, y en este sentido, al ser no evidente la existencia del vicio acusado que en criterio del apelante debió ser analizado a través del control de convencionalidad- el reclamo resulta intrascendente e infundado.
En consecuencia, no resultan fundados los reclamos acusados en la apelación incidental de Antonio Céspedes Toro