Auto Supremo AS/0795/2017
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0795/2017

Fecha: 25-Jul-2017

En ese análisis, si bien el art

En ese análisis, si bien el art. 413 del Código de Comercio, reconoce la existencia legal de las sociedades constituidas en el extranjero, empero, como se ha analizado, los actos de la parte actora no se constituyen en actos aislados de comercio como refiere, por lo que para desarrollar actividades comerciales habituales en el Estado boliviano debía cumplir con las normas del Código de Comercio y demás disposiciones legales del Estado Plurinacional, para que de esta manera pueda reconocérsele capacidad jurídica, extremos con los cuales no cumple la sociedad demandante; de consiguiente, no tiene legitimación activa, lo que le impide que invoque de la jurisdicción ordinaria boliviana, tutela jurídica, lo que hace infundado su reclamo