Auto Supremo AS/0795/2017
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0795/2017

Fecha: 25-Jul-2017

En relación a la problemática jurídica planteada por la actuación internacional de las sociedades en

En relación a la problemática jurídica planteada por la actuación internacional de las sociedades en la celebración de actos aislados, en el Derecho Internacional Privado se han experimentado dos criterios: el cualitativo, y el cuantitativo-cualitativo. El criterio cualitativo propone que toda vez que la sociedad constituida en el extranjero se proponga realizar un acto que por su cualidad esté comprendido en el objeto social (sociedad mercantil), deberá cumplir con las prescripciones establecidas por el Estado donde pretende realizarlo. El criterio cuantitativo-cualitativo postula considerar que la sociedad constituida en el extranjero posee existencia y personalidad jurídica extraterritorial tanto para cumplir actos que no estén comprendidos en el objeto social como para realizar actos aislados, esporádicos o accidentales comprendidos en dicho objeto; solo cuando la actividad societaria extraterritorial se convierta en habitual o se establece una sucursal o cualquier otro tipo de representación permanente en el país anfitrión, se exige el cumplimiento de la ley Territorial (Carlos E. López Rodríguez, Introducción a la problemática jurídica planteada por la actuación internacional de las sociedades)