Auto Supremo AS/0231/2017
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0231/2017

Fecha: 25-Ago-2017

Continua manifestando que el infundado Auto de Vista se refiere a lo ordenado en

Continua manifestando que el infundado Auto de Vista se refiere a lo ordenado en el art. 14 del D.S. Nº 27543 que establece la utilización de documentos que cursan en el expediente, subrayando la fase que indica que “el SENASIR calificará los aportes con la documentación que cursa en el expediente del asegurado”, mencionando además los documentos elegibles para este propósito, subrayando el inc. d) Partes de afiliación y baja de las Cajas de Salud respectivas