Auto Supremo AS/0231/2017
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0231/2017

Fecha: 25-Ago-2017

Por lo que frente a los Decretos Supremos, Reglamentos, Resoluciones Administrativas etc, etc, debe darse

El SENASIR en su Recurso de Casación hace un análisis sintético sobre el cumplimiento de las leyes nacionales, señalando de manera coherente la primacía constitucional, tal como señala la propia carta magna en su art. 410 en su Par. II “La Constitución es la norma suprema del ordenamiento jurídico boliviano y goza de primacía frente a cualquier otra disposición normativa”
Por lo que frente a los Decretos Supremos, Reglamentos, Resoluciones Administrativas etc, etc, debe darse preferencia a los preceptos constitucionales sobre todo a los que velan por los derechos fundamentales, y el bienestar de sectores vulnerables como los trabajadores y las personas de la tercera edad