Auto Supremo AS/0856/2017
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0856/2017

Fecha: 21-Ago-2017

Ahora bien, con relación a que solo por hacerles el favor a los anticresistas habría

Ahora bien, con relación a que solo por hacerles el favor a los anticresistas habría hecho reparar el techo del ambiente que da a la calle; debemos señalar que compartiendo el criterio asumido por los jueces de Alzada, las refacciones o mejoras que este realizó en el inmueble son considerados como actos de conservación y mantenimiento, pues tal como señaló el mismo recurrente en las cartas notariadas de fs. 187 a 190 vta., que fueron enviadas a los anticrecistas, las mejoras y reparaciones fueron realizadas por el avanzado deterioro en el inmueble cuya estructura sería de data antigua, y no así por hacerles un favor a los recurrentes, resultando el presente reclamo infundado