La Resolución de segunda instancia, en atención al incidente de nulidad, refirió que si bien
La Resolución de segunda instancia, en atención al incidente de nulidad, refirió que si bien se cita jurisprudencia, empero de ello no explica en qué consiste dicho daño; describe que la falta de citación o efectuada en demora, materialmente impedirían la defensa, y en el caso de autos más allá del conocimiento certero del domicilio de la parte demandada o por lo menos del abogado de la parte demandada, refiere que la parte demandada tuvo oportunidad de hacer valer su pretensión por cuerda separada, como es la reivindicación, que fue acumulada al presente proceso por conexitud, de ahí que no se puede inferir indefensión, pues en otro proceso de reivindicación fungió como actor, siendo oídas las pretensiones y la postura de resistencia a la pretensión de su adversario, deduciendo que no es evidente la vulneración al debido proceso en sus elementos a la defensa, principio de seguridad jurídica o legalidad, vinculados a los arts. 124 y 334 del Código de Procedimiento Civil
- Partes: Carlos Faud Afcha Farjan. c/ Adid Ariel Araníbar Estrada
- Proceso: Anulabilidad
- Distrito: Oruro
- I. ANTECEDENTES DEL PROCESO
- Apelada la Resolución de primera instancia y la resolución de 8 de mayo de 2012,
- El Auto de Vista en relación a la impugnación del Auto de fs
- La Resolución de segunda instancia, en atención al incidente de nulidad, refirió que si bien
- II. CONTENIDO DEL RECURSO DE CASACIÓN
- Señala que ambas resoluciones no tiene adecuada fundamentación en relación a la determinación de anulabilidad
- Asimismo acusa inobservancia de lo establecido por el Código de Procedimiento Civil y el Código
- Por lo expuesto solicita casar el Auto de Vista y se disponga la nulidad hasta
- De la contestación al recurso de casación de fs. 865 y vta
- Señala que no se ha cupido con los requisitos descritos por el art
- III. DOCTRINA APLICABLE AL CASO
- Por una parte se debe señalar que la “fundamentación” consiste en explicar y, o interpretar
- “Principio de especificidad o legalidad
- Principio de finalidad del acto
- Principio de Conservación
- Principio de Convalidación
- Principio de preclusión
- IV. FUNDAMENTOS DE LA RESOLUCIÓN
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- Sobre la contestación al recurso de casación
- Por lo expuesto corresponde, emitir Resolución en la forma prevista en el art
- Regístrese, hágase saber y devuélvase
- Relator: Mgdo. Rómulo Calle Mamani.
