Auto Supremo AS/0922/2017
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0922/2017

Fecha: 29-Ago-2017

Por una parte se debe señalar que la “fundamentación” consiste en explicar y, o interpretar

III.1.- Sobre la fundamentación y motivación de las resoluciones.-
Por una parte se debe señalar que la “fundamentación” consiste en explicar y, o interpretar la norma jurídica aplicable al caso concreto que se juzga, no basta con citar ni copiar una norma jurídica, sino que debe explicar por qué e interpretar la norma jurídica que se aplica al caso juzgado o decidido, de ello se puede deducir que una resolución puede ser razonada y/o motivada, pero no estar fundada en Derecho, supuesto que se daría si un Juez justificara su resolución en supuestos puramente históricos o periodísticos, ajenos al ordenamiento jurídico o no reconocible como aplicación del sistema jurídico, así se dirá que la “motivación” consiste en explicar la solución que se da al caso de la controversia, en el que se debe efectuar un razonamiento lógico, si bien la sentencia de grado no efectúa una ampulosa “motivación” empero de ello en cierta medida la misma resulta siendo inteligible, no pudiendo confundirse con la ausencia de motivación con una motivación insuficiente, para para este último el Tribunal de Alzada en su labor de juzgador de segunda, tranquilamente puede enriquecer la motivación que considera insuficiente