Auto Supremo AS/0931/2017
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0931/2017

Fecha: 29-Ago-2017

Agrega que conforme señala el art

Agrega que conforme señala el art. 218 del CPC, el Auto de Vista debe contener los mismos requisitos que una Sentencia, en todo lo que fuere pertinente, consiguientemente si un Auto de Vista revoca la decisión de primera instancia necesariamente debe cumplir los presupuestos jurídicos que señala el art. 213 de la Ley 439, en el caso presente no existe dicha fundamentación o motivación en el Auto de Vista, en especial lo relacionado con el num. 3 del par. I de la precitada norma, pues en dicha resolución impugnada no señala cuales son los elementos de prueba que sustenta su resolución, limitándose a señalar lo que refiere la sentencia, sin considerar los argumentos expuestos por la parte apelante, ni los argumentos señalados en la contestación al recurso