Auto Supremo AS/0931/2017
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0931/2017

Fecha: 29-Ago-2017

Por su parte, el art

Por su parte, el art. 168 del mismo adjetivo civil, preceptúa que: “(Prohibición de contratar). I. Cuando por ley o contrato o para asegurar la ejecución forzada, o los bienes objeto del litigio, procediere la prohibición de contratar sobre determinados bienes, el juez ordenará la prohibición individualizando lo que sea objeto de ella y disponiendo su inscripción en el registro correspondiente, y se notifique a los interesados y terceros que señale el solicitante