Auto Supremo AS/0931/2017
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0931/2017

Fecha: 29-Ago-2017

Si bien la norma no nos brinda una definición concreta, la doctrina la define de

Si bien la norma no nos brinda una definición concreta, la doctrina la define de manera general como el acuerdo de voluntades en virtud del cual se garantiza el cumplimiento de una obligación, constituyéndose en un derecho real sobre un inmueble, que permanece en poder del deudor, pudiendo el acreedor perseguir el bien de manos de quien se encuentre y pagarse especialmente con el producto de la venta judicial. Cabe asimismo señalar que la hipoteca es también accesoria, es decir, necesita de otra obligación principal para existir, no se puede por eso hablar de hipoteca sin que la misma esté vinculada a otra obligación o negocio jurídico, de manera general está ligada al mutuo o préstamo, pero también puede constituirse para otros casos de donde se desprendan obligaciones que pueden ser objeto de garantía hipotecaria”