Auto Supremo AS/0680/2017-RRC
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0680/2017-RRC

Fecha: 08-Sep-2017

El recurrente invocó los siguientes autos supremos


El recurrente invocó los siguientes autos supremos:

El Auto Supremo 515 de 16 de noviembre de 2006, pronunciado en un proceso sobre Abigeato, donde se dictó Sentencia absolutoria, apelada esta determinación por Auto de Vista se admitió el recurso y declaró autores y culpables del delito Estelionato, fallo que a su vez fue dejado sin efecto a raíz de que valoró la prueba, sin ser competente; consiguientemente, se pronunció la siguiente doctrina legal aplicable: “Que existe una línea jurisprudencia con relación a la valoración de la prueba que es de competencia del Juez o Tribunal de Sentencia, porque son ellos los que se encuentran presentes en la producción de la prueba y perciben directamente dicho acto trascendental que luego servirá como plataforma objetiva para la apreciación de la prueba producida; el Tribunal de Apelación entre sus competencias está el de revisar si la prueba fue valorada


conforme las reglas de la sana crítica, en caso de que la apreciación de la prueba no sea coherente y que los juicios vertidos sobre la prueba no respondan a un procedimiento lógico, razonable, valorativo o teleológico, entonces debe anular totalmente o parcialmente la Sentencia reponiendo el juicio con otro Tribunal de Sentencia. Todo acto, como la valoración de la prueba por el Tribunal de Alzada, que contravenga los principios constitucionales del debido proceso, seguridad jurídica, derecho a la defensa y tutela judicial efectiva, constituyen defecto absoluto susceptible de ser enmendado una vez que se ha dejado sin efecto la resolución que originó dicho defecto, para recomponer el acto que vulnero los principios constitucionales mencionados”