Auto Supremo AS/0680/2017-RRC
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0680/2017-RRC

Fecha: 08-Sep-2017

II.2.De la apelación restringida del Ministerio Público


Por Sentencia 9/2014 de 9 de abril, el Tribunal Primero de Sentencia del Tribunal Departamental de Justicia de Cochabamba, declaró a Rubén Chura Jaldín y René Luis López Camacho, autores de la comisión de los delitos de Tráfico de Sustancias Controladas; y, Asociación Delictuosa y Confabulación, previstos y sancionados por los arts. 48 con relación al 33 inc. m) y 53 de la Ley 1008, imponiendo la pena de trece años de reclusión, más el pago de diez mil días multa a razón de diez centavos por día, con costas a favor del Estado, averiguables en ejecución de Sentencia; por otro lado, absolvió a Juan Montaño López y Claudio Escalera Loza, por los delitos endilgados en su contra, al haber concluido que el 16 de marzo de 2009, en el camión marca Dodge con placa de circulación 507-CBP, se encontró ciento seis paquetes de cocaína que se encontraban en un doble fondo construido en el maletero, con un peso total de 100.505 gramos, producto de las declaraciones testificales y prueba documental, siendo arrestados los acusados en el Km. 54, sobre la carretera principal Cochabamba – La Paz a horas 17:30, donde inicialmente se interceptó una camioneta marca Mitsubishi con placa de circulación 1285-NTY, que se encontraba con tres ocupantes en la cabina que se identificaron como Rubén Chura Jaldín, René Luis López Camacho y Julia Conde Montaño, donde se encontró residuos de cocaína, que a criterio del Tribunal de Sentencia significó que en la camioneta hubo en algún momento cocaína, por lo que los acusados adecuaron su conducta a los delitos indilgados, ya que prestaron cooperación en forma dolosa, ayuda sin la cual no se habría podido cometer el hecho antijurídico, por cuanto si no se hubiese traspasado la base de cocaína de la camioneta al camión no se hubiese producido el ilícito.

II.2.De la apelación restringida del Ministerio Público