Auto Supremo AS/0680/2017-RRC
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0680/2017-RRC

Fecha: 08-Sep-2017

errónea aplicación de la ley sustantiva, concluyendo que la Sentencia no incurre en las causales


Asimismo, afirma que el Tribunal de alzada al final de cada punto, refiere que ese Tribunal considera que no existe procedibilidad, sin que exista una
fundamentación sobre el particular, reiterándose que se infringió el debido proceso, razones por las que la incorrecta e incongruente apreciación del Auto de Vista, generó que se rechace la existencia de inobservancia o


errónea aplicación de la ley sustantiva, concluyendo que la Sentencia no incurre en las causales de los incs. 1), 5) y 6) del art. 370 del CPP, soslayando su consideración en su contexto intrínseco, yendo en contraposición con los antecedentes, ya que el Tribunal de Sentencia solo se refiere a los fundamentos a favor de la parte acusada y las pruebas del Ministerio Público como irrelevantes sin valorarlas, por lo que el Auto de Vista vulneró el principio del debido proceso incidiendo en incongruencia y contradicciones en sus fundamentos, desconociendo que la Sentencia inobserva los precedentes citados en su alzada, producto de un proceso defectuoso de subsunción