Continúa indicando que no existen elementos para solicitar la nulidad o anulabilidad en el proceso,
Continúa indicando que no existen elementos para solicitar la nulidad o anulabilidad en el proceso, más aún si se considera que la nulidad solo opera en los supuestos establecidos en los arts. 36.II de la LPA y 55 del DS N° 27113, los cuales no acontecieron en el presente caso, advirtiéndose que el argumento del recurrente al solicitar la nulidad de la Resolución Sancionatoria N° 18-00243-12 de 31 de julio de 2012 no tiene ningún fundamento de orden legal y no existe transgresión a los principios fundamentales del derecho a la defensa y del debido proceso
- Cochabamba; dentro del proceso Contencioso Tributario, que sigue Héctor Pérez Zurita contra la Gerencia Distrital
- Dicha Sentencia fue recurrida en apelación por Héctor Pérez Zurita (fs
- II.1. Argumentos del recurso de casación
- 2) Solicita que el Tribunal de casación cuestione si existe el anillo para establecer si
- 3) Manifiesta que en el Formulario de Denuncia-FORM 9000 el lugar del ilícito no es
- 4) Finaliza señalando que, el plazo probatorio fue inconstitucional porque sustenta que el plazo probatorio
- Concluyó solicitando que el Tribunal Supremo de Justicia, dicte Auto Supremo disponiendo la revocatoria total
- El mencionado recurso de casación, generó que la parte demandada responda al mismo señalando
- 2) Señala también que, junto a la denuncia que cursa a fs
- Continúa indicando que el presente certificado se encuentra en calidad de original y que claramente
- 3) Respecto al domicilio donde se verificó la contravención tributaria, previa transcripción de los arts
- Continúa indicando que no existen elementos para solicitar la nulidad o anulabilidad en el proceso,
- En cuanto a la inobservancia al principio de verdad material; previa transcripción de las Sentencias
- 4) Respecto a la vulneración a los derechos constitucionales y particularmente a la defensa dentro
- Concluyó solicitando al Tribunal Supremo de Justicia, que declare improcedente y/o infundado el recurso de
- II.3. Admisión
- Doctrina aplicable al caso
- Así comprendida la relación jurídica tributaria, debemos referirnos a la Ley Nº 843, que regula
- Continuando con la normativa tributaria, mediante el art
- En ese sentido, el Adjetivo Tributario, establece en el capítulo III, el procedimiento para sancionar
- Es importante aquí referir que la potestad sancionadora del Estado, tanto penal como administrativa sancionadora,
- Que, uno de esos derechos y garantías es el debido proceso consagrado en el art
- Previamente resulta preciso señalar que, de acuerdo a los reclamos debidamente identificados y enumerados del
- En ese sentido y ante la falta de emisión de la factura, nota fiscal o
- Ante la notificación con el Requerimiento (F-4003) Nº 00109438 de 16 de abril de 2012
- Por lo expuesto, la Administración Tributaria previa emisión del Auto Inicial de sumario Contravencional Nº
- En el marco de todo lo expuesto precedentemente y habiendo quedado demostrado fehacientemente que existió:
- Respecto al numeral 3) de su recurso de casación, referido a que el domicilio fiscal
- En ese sentido y de los datos del proceso, se evidencia que ante la compra
- Por último, respecto al numeral 4) de su recurso de casación, referido a la vulneración
- Asimismo, en el sistema jurídico boliviano se reconoce y protege la presunción de constitucionalidad en
- Por lo expuesto y al imponerse la sanción de clausura de 6 días del establecimiento
- Que, por todo lo anteriormente expuesto y en el marco legal descrito; se concluye que,
- POR TANTO: La Sala Contenciosa y Contenciosa Administrativa, Social y Administrativa Primera del Tribunal Supremo
- Con costas y costos conforme los arts. 221 y 223.V.2 del CPC-2013
- Regístrese, notifíquese y devuélvase.
