Auto Supremo AS/0597/2018
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0597/2018

Fecha: 30-Oct-2018

II.1. Argumentos del recurso de casación

I.1.3. Auto Supremo
El Auto de Vista citado, ameritó que Héctor Pérez Zurita interponga el recurso de casación en el fondo, conforme los fundamentos del escrito de fs. 93 a 96 de obrados, por lo que, luego de su remisión ante este Tribunal, mediante Auto Supremo Nº 306-A de 21 de julio de 2017 (fs. 116 y vta.), se declaró admisible; por consiguiente, se pasa a considerar y resolver:
II.- RECURSO DE CASACIÓN, RESPUESTA Y ADMISIÓN
II.1. Argumentos del recurso de casación:
1) Denuncia falta de verificación del hecho que originó la denuncia e indica que el certificado de calidad N° 01205 como prueba de la supuesta inexistencia de emisión de factura no demuestra que se haya efectuado la transacción o compraventa porque ni el denunciante, ni tampoco la Administración Tributaria exhibieron el anillo centillo con esmeralda Rubí, safíro con diamantes 1,50 ptos. c/u. Del mismo modo, asevera insistentemente que la transacción no se ha realizado en su joyería y que correspondía al denunciante como a la Administración Tributaria investigar la comisión del ilícito, conforme sus amplias facultades