Auto Supremo AS/1054/2018
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/1054/2018

Fecha: 30-Oct-2018

En ese entendido se puede inferir que de la descripción de la demanda descrita

En ese entendido se puede inferir que de la descripción de la demanda descrita líneas supra esta no reúne los presupuestos para que opere la nulidad por causa o motivo ilícito, como ser la existencia de falsificación en las firmas y huellas dactilares, porque en el caso de Autos, como se dijo, la demandante afirma que nunca tuvo la intención de vender es decir que no dio su consentimiento, entonces al no pretender realizar ningún acto jurídico los hechos demandados no pueden subsumirse como causa ilícita o motivo ilícito, más aun si consideramos el informe pericial cursante de fs. 223 a 246 realizado por el Instituto de Investigaciones Forenses dependiente del Ministerio Público, por cuanto se puede acreditar que los de instancia no valoraron dicha prueba de forma correcta conforme a lo señalado en la doctrina establecida en el punto III.4, y aplicaron erróneamente las normas que rigen la materia