Auto Supremo AS/1054/2018
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/1054/2018

Fecha: 30-Oct-2018

En lo que respecta a las resoluciones de grado que basan su decisión en que

En lo que respecta a las resoluciones de grado que basan su decisión en que el reconocimiento de firmas y rubricas ante el Juez de mínima cuantía fue hecho de manera que dicho texto entre de manera forzada al espacio entre las firmas insertas anteladamente en la minuta, que dicha minuta lleva fecha 16 (sobrepuesto) de noviembre de 1988 y el reconocimiento 18 de noviembre de 1988, cuando la actora se hallaba casada con Nicanor Paredes Aguirre por tanto figuraba como casada, asimismo indican que si bien el contrato de transferencia reviste todas las formas exigidas por Ley, no es menos cierto que es protocolizada en la notaría en base a un reconocimiento realizado ante un Juez de mínima cuantía, al margen que si bien dicha minuta manifiesta que la vendedora (parte actora) declara haber recibido el monto de la venta en su entera satisfacción, este aspecto fue negado mediante su confesión judicial cursante en obrados, y que la demandante en ningún momento negó haber firmado, pero lo hizo en papel en blanco entregado a su yerno el esposo de la codemandada