Auto Supremo AS/1099/2018
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/1099/2018

Fecha: 01-Nov-2018

De la revisión de obrados se puede establecer que Antonio Enrique Abdo Toro representado legalmente

De la respuesta al recurso de casación.
De la revisión de obrados se puede establecer que Antonio Enrique Abdo Toro representado legalmente por Isaías Jorge Vargas Chambi mediante memorial cursante de fs. 1211 a 1216 vta., responde al recurso de casación bajo los siguientes fundamentos:
Manifiesta que el recurso de casación es inviable toda vez que el actual sistema procesal previsto y regulado por la Ley Nº 439 no prevé recurso de nulidad al margen de que el recurrente no identifica si el recurso de casación es por el fondo o por la forma o si es de ambos, incumpliendo de tal manera con lo establecido por el art. 274.I núm. 3 de la Ley Nº 439, así tampoco cumple con lo establecido por el artículo mencionado ya que no expresa con claridad y precisión la ley o leyes infringidas, violadas o aplicadas indebidamente o erróneamente interpretadas.
Manifiesta que no existe la figura de caducidad de minuta, toda vez que la mencionada minuta fue reconocida ante autoridad pública y competente vale decir ante un Notario de Fe Pública