Auto Supremo AS/1219/2018
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/1219/2018

Fecha: 11-Dic-2018

Para dilucidar este punto, es necesario determinar los fundamentos que hacen a la pretensión de

Para dilucidar este punto, es necesario determinar los fundamentos que hacen a la pretensión de la actora, por lo que podemos señalar que en la demanda principal indica que por la documentación adjunta se acredita la relación comercial de compra-venta de mercadería entre CORPORACION FRIGORIFICA DE COTOCA S.A. COFRICO S.A., Brigitte Barba Gallardo y Riccy Gallardo de Barba en calidad de compradoras, mercadería consistente en productos cárnicos, manifiestan que el total de la compra por carnes fue de Bs. 754.913,80, descontando los pagos parciales existía un saldo de cuentas por cobrar de Bs 610.979,50, la mercadería fue entregada por la empresa TRANSPORTADORA y dejada en el puesto de trabajo de las recurrentes, en un inicio dichas señoras compraban productos de CIPCOFEGASACRUZ, carteras que fueron compradas por COFRICO S.A