Auto Supremo AS/1220/2018
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/1220/2018

Fecha: 11-Dic-2018

Adicionalmente arguye que al igual que todos los socios es dueño y CADEPIA no podría

Adicionalmente arguye que al igual que todos los socios es dueño y CADEPIA no podría señalar que no habría cancelado el precio de su terreno, citando al efecto el recibo 000347 de 28 de julio de 2004 por $us.2000 de fs. 187, el recibo 000369 de fecha 5 de agosto de 2004 por $us.800, el deposito a la cuenta de CADEPIA al Banco de Crédito por $us.800 de fs. 188, sosteniendo que todo ello suma el monto de $us.3.600