Auto Supremo AS/1220/2018
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/1220/2018

Fecha: 11-Dic-2018

Que si bien la Juez a quo convoco a una perito

Que si bien la Juez a quo convoco a una perito debió haber dispuesto además que se establezca aspecto que tampoco fue referido en el Auto de Vista impugnado can de cuantos años era su posesión en el lugar además de pedir la cuantificación de los trabajos que su persona realizo en el lugar para llegar a la verdad material, que únicamente se habría valorado la documentación presentada por CADEPIA habiendo fraccionado el derecho a vulnerado un acuerdo administrativo, documento en el que se pretende validar la acción de reivindicación, lo cual no es claro empero tanto la juez a quo como el Tribunal de apelación debían valorar sin embargo se encontraría ante una vulneración en el entendido que se ha hecho una interpretación errónea de la ley de acuerdo al art. 271 num. I de la Ley Nº 349