Auto Supremo AS/1220/2018
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/1220/2018

Fecha: 11-Dic-2018

Señala que en junio de 2001 se celebró el convenio tripartido entre la Alcaldía, Prefectura

Afirma que el Tribunal de honor infringió su derecho, otorgando por un aporte extraordinario el lote a otra persona, que correspondía a los administradores de justicia efectuar un análisis para corregir ésos aspectos no considerados por el a quo observando los principios de igualdad, verdad material y al debido proceso.
Es así que haciendo referencia que la adquisición de los terrenos deviene de un acto de concesión de uso de suelo con derecho a construir emergente de actos y contratos administrativos la comunidad sea destinado al parque de la pequeña industria y artesanía, que se encuentra plasmado en el Convenio Interinstitucional de 18 de mayo de 1991 y el informe legal de 18 de mayo de 1991, cursando inclusive la Resolución de Directorio Nº 15/93 de fs. 28 a 30 y 209 a 211 por la que ADEPI se comprometería al uso común de sus terrenos, entre todos los asociados, sin efectuar ningún acto de distribución parcelaria entre los mismos, regulando su uso a través de un Directorio en base a una lista de socios de ADEPI donde figuraría su persona, también cita el oficio de 15 de enero de 2004 donde el Presidente de CADEPIA reconocería su calidad de socio de esa entidad con lo que refiere habría demostrado la posesión legitima y legal del terreno.
Señala que en junio de 2001 se celebró el convenio tripartido entre la Alcaldía, Prefectura y CADEPIA, consolidando el Parque Industrial para pequeños talleres y artesanos de Tarija, respetando el espíritu de la Resolución de CODETAR del 93, sin embargo pese a que en el convenio se dispone el uso común de los terrenos a través de sus asociados, CADEPIA procedió a la subdivisión de los terrenos puesto, no obstante que en el art. 57 de su Estatuto indica que es una asociación sin fines de lucro y contara con un fondo social solidario patrimonial que no puede dividirse menos repartirse