Auto Supremo AS/1298/2018
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/1298/2018

Fecha: 20-Dic-2018

POR TANTO: La Sala Civil del Tribunal Supremo de Justicia del Estado Plurinacional de Bolivia,

Para dar respuesta a lo vertido por el demandante, nos remitimos a los fundamentos desarrollados en la presente resolución y aclarar que el recurso de casación procede conforme la admisión del recurso mediante el Auto Supremo Nº 431/2018-RA de 28 de mayo (fs. 323 a 324).
Por los fundamentos expuestos corresponde emitir resolución en la forma prevista en el art. 220.II del Código Procesal Civil.
POR TANTO: La Sala Civil del Tribunal Supremo de Justicia del Estado Plurinacional de Bolivia, con la facultad conferida por el art. 42.I num. 1) de la Ley del Órgano Judicial de 24 de junio de 2010, y en aplicación del art. 220.II del Código Procesal Civil, declara INFUNDADO, el recurso de casación de fs. 282 a 285, interpuesto por Eloy Ávila Delgado en representación de Magda Rosario Pando Papi, contra el Auto de Vista Nº 182/2015 de 3 de agosto cursante de fs. 244 a 248 vta., pronunciado por el Juzgado Sexto de Partido en lo Civil y Comercial de la ciudad de La Paz. Con costas y costos