Auto Supremo AS/0088/2018
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0088/2018

Fecha: 26-Feb-2018

En el caso Barrios Altos vs

Similar criterio se tiene respecto a la Sentencia Interamericana del caso Albán Cornejo vs.- Ecuador que tiene como antecedente fáctico la situación de mala praxis y a raíz de ello es que se activó los mecanismos jurisdiccionales para buscar la responsabilidad de los galenos, que resulta ser diferente al caso presente, en la misma no se hizo constar que la legislación interna del Estado de Ecuador hubiera establecido algún régimen de imprescriptibilidad, aspecto fáctico que difiere del presente caso en el que el Ministerio Público investiga delitos de contratos lesivos al Estado, conducta antieconómica e incumplimiento de derechos que tienen soporte normativo en el art. 112 y 123 de la Constitución Política del Estado.
En el caso Barrios Altos vs. Perú, la Sentencia de la CIDH en el párrafo 41, señala que es inadmisible la regla de la prescripción, para casos especiales que son inderogables, por lo que la aplicación de la regla de la prescripción no es absoluta, sino que la misma tiene excepciones, el hecho fáctico planteado en este caso radica en que el Estado de Perú hubiese emitido leyes de amnistía que la Corte IDH los considera como “leyes autoamnistía”, diferente al caso presente que trata de la denegatoria de aplicar el régimen de la prescripción por delitos considerados como de corrupción, descritos en la proposición acusatoria como contratos lesivos al estado, conducta antieconómica e incumplimiento de deberes