Auto Supremo AS/0088/2018
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0088/2018

Fecha: 26-Feb-2018

Expone que el criterio de no aplicar el régimen de la prescripción, no tiene asidero

Expone que el criterio de no aplicar el régimen de la prescripción, no tiene asidero legal, acusa que el Auto Supremo impugnado es contrario a la Constitución Política del Estado y leyes que regulan la aplicación de la jurisprudencia, refiere que el Tribunal Constitucional ha manifestado que una ley que va en perjuicio del imputado no es retroactiva citando las Sentencias Constitucionales Nº 219/2010-R de 31 de mayo y 770/2012 de 13 de agosto, que concuerda con la jurisprudencia de la CDH y la CIDH y trascribe parte del fundamento de la S.C.P. Nº 770/2012 refiriendo que la retroactividad puede ser aplicado cuando beneficie al imputado y que el Auto Supremo Nº 1/2016 es contrario al principio de irretroactividad, además del principio de legalidad por el cual se entiende que el delito y la pena deben estar predeterminados antes de la comisión de un hecho, describe parte del fallo constitucional, aludiendo que en dicha jurisprudencia se asumió que ante dos normas contradictorias se debe aplicar la más favorable, de acuerdo al art. 116 de la Constitución, reiterando que cualquier sanción en su contra debe basarse en leyes antes de las gestiones de 1986 y 1993, no pudiendo aplicarse retroactivamente la ley Nº 04 ni el art. 5 de la ley Nº 044 menos la Constitución Política del Estado