Tribunal Supremo de Justicia Bolivia Auto Supremo AS/0047/2018
Fecha: 05-Mar-2018
I.2. Auto de Vista
I.2. Auto de Vista
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VISTOS: El recurso de casación, interpuesto por el Consorcio Queiroz Galvao S
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En mérito a estos antecedentes el Servicio Nacional de Caminos, interpuso demanda Coactiva Fiscal contra
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El Juez Tercero Administrativo, Coactivo Fiscal y Tributario de la ciudad de La Paz, al
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A fs
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Mediante escrito de fs
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La autoridad judicial por decreto de 4 de abril de 2009, refirió: “Estese a lo
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Los señores Roberto Antonio Reyes Berreira, Ronald Enrique Barrientos Porcel y Carlos Efraín Cascos
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Cumplidas las formalidades procesales, el Juez Tercero de Partido Administrativo, Coactivo Fiscal y Tributario de
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I.2. Auto de Vista
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Contra esta decisión, Carlos Wilsón Terán Ariscurinaga, en su condición de representante del Consorcio Queiroz
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Dentro el plazo previsto por ley, el representante de Queiroz Galvao S
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II.1 Fundamentos jurídicos
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Revisados minuciosamente los antecedentes cursantes en el expediente, los argumentos expuestos tanto en el
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Complementando, en materia procesal, se estableció que el recurso de casación es un medio extraordinario
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Un recurso de casación, se asemeja a un juicio de puro derecho, porque en su
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En coherencia con lo manifestado, corresponde hacer referencia a una parte de los fundamentos y
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Ahora bien, ingresando al juicio de constitucionalidad propiamente dicho, corresponde determinar que el art
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A consecuencia del referido informe preliminar y por turnos el SNC mediante el Arq
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El informe complementario de auditoria, se lo concluyó el 25 de noviembre de 2005, en
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De lo manifestado se concluye en que dentro la presente causa, de conformidad a lo
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El Servicio Nacional de Caminos, en coherencia con lo previsto en el art
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Por el contrario el plazo de los diez años, se interrumpió y conforme dispone el
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POR TANTO: La Sala Contenciosa y Contenciosa Adm
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Regístrese, notifíquese y devuélvase.
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