Auto Supremo AS/0143/2018-RRC
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0143/2018-RRC

Fecha: 15-Mar-2018

Sin embargo, con relación a la denuncia de valoración de la declaración de María Teresa


Sin embargo, con relación a la denuncia de valoración de la declaración de María Teresa Chávez Pedraza como prueba testifical no incorporada al proceso, se advierte que el Tribunal de alzada omitió la labor de control de logicidad de la Sentencia en lo que respecta a este punto; es decir, el Tribunal de alzada debió controlar que la Sentencia se base en elementos de prueba legalmente incorporados al juicio, en resguardo de los principios de contradicción y legalidad y el derecho a la defensa; puesto que, al considerar la declaración informativa de María Teresa Chávez Pedraza, prestada según glosa de la Resolución de mérito, ante el Ministerio Público en etapa preparatoria, no ha cimentado su Resolución en la deliberación sobre la base de lo visto, oído y percibido en la audiencia de juicio, contrariando la doctrina sentada por este Tribunal mediante Auto Supremo 14/2013 de 6 de febrero; lo que debió corresponder por parte del Tribunal de alzada, ante la arbitrariedad incurrida, corregir la aplicación del derecho conforme lo previsto por el art. 413 del CPP