La ahora recurrente, en similares términos de los planteados en casación, opuso recurso de apelación
La ahora recurrente, en similares términos de los planteados en casación, opuso recurso de apelación restringida sobre su condena por el delito de Conducta Antieconómica, situación ante la que el Tribunal de apelación, concluyó:
“[María Luisa Ferrufino Aguilera] (…)incurrió en el accionar típico consagrado en el art. 224 del Código Penal, al proceder como funcionaria pública, quien se hallaba en el ejercicio de un cargo directivo y de responsabilidad en la misma Alcaldía Municipal, procediendo por un mal control que se puede traducir en una mala administración, en u daño patrimonial a los intereses del estado, razón por la cual, claramente la tipicidad se encuentra demostrada con relación a este tipo penal, correspondiendo la culpabilidad y responsabilidad de la misma” (sic).
El Auto Supremo 219/2015-RRC-L de 1 de junio, sobre la configuración del delito de Conducta Antieconómica, dejó sentada la siguiente doctrina legal:
“el delito de Conducta Antieconómica se encuentra previsto en el Título VI, Capítulo I del Código Penal, bajo el título de Delitos contra la Economía Nacional, la Industria y el Comercio; consecuentemente, el bien jurídico protegido es la economía del Estado; el tipo penal antes de las modificaciones introducidas por el artículo 34 de la Ley 004 de 31 de marzo de 2010, de Lucha Contra la Corrupción, Enriquecimiento Ilícito e Investigación de Fortunas `Marcelo Quiroga Santa Cruz´ señalaba: El funcionario público o el que hallándose en el ejercicio de cargos directivos u otros de responsabilidad, en instituciones o empresas estatales, causare por mala administración o dirección técnica o por cualquier otra causa, daños al patrimonio de ellas o de los intereses del Estado, será sancionado con privación de libertad de uno a seis años
- Por memorial presentado el 5 de mayo de 2017, cursante de fs
- I.1. Antecedentes
- b)Contra la mencionada Sentencia, la imputada María Luisa Ferrufino Aguilera (fs
- I.1.1. Motivo del recurso de casación
- Del memorial de recurso de casación y del Auto Supremo 590/2017-RA de 10 de agosto,
- 1)Inobservancia o errónea aplicación de la ley sustantiva; alegando que el Tribunal de alzada en
- Sobre el reclamo en torno al delito de Conducta Antieconómica donde -en perspectiva de la
- 2)En apelación restringida se planteó la falta de fundamentación de la Sentencia, ante lo cual
- I.1.2. Petitorio
- La recurrente solicitó que su recurso sea declarado “Admisible y procedente” para con tal efecto
- Toda vez, que la problemática expuesta en casación vincula no solo los argumentos del Auto
- II.1. Sobre el delito de Incumplimiento de Deberes
- La Sentencia de grado luego de determinar los hechos probados, pasó a describir la adecuación
- Más adelante, en cuanto a la labor de subsunción específica de los tipos penales de
- Con base a los argumentos que preceden la Sentencia de mérito dispuso declarar a la
- El razonamiento que precede, es en esencia, el punto de inflexión por el que la
- A efectos de mantener un escenario en el que la presente decisión tenga claridad sobre
- En apariencia, resultaría lógico suponer que la adecuación típica del delito de Incumplimiento de Deberes
- Debe precisarse cuáles fueron las condiciones procesales por las que el Tribunal de apelación llegó
- El marco procesal sobre el cual una decisión en fase de recursos, será emitida no
- Bajo el paradigma del sistema acusatorio, al cual el Código de Procedimiento Penal se halla
- En materia penal, son dos los parámetros que poseen primacía en la actividad recursiva, por
- Para el caso del principio jurídico procesal, de no reforma en perjuicio (non reformatio in
- Al mismo tiempo es el propio art
- Por otro lado, tomando en cuenta que los recursos corresponden a las partes, existe por
- En resumen, al Tribunal de apelación le está prohibido pronunciarse sobre las situaciones que no
- Ahora bien, ¿si en Sentencia se condenó a la recurrente por la comisión culposa de
- II.2. Sobre el delito de Contratos Lesivos al Estado
- El reclamo sobre la condena por el delito de Contratos Lesivos al Estado, en el
- Tales consideraciones fueron objeto de apelación restringida por parte de María Luisa Ferrufino Aguilera, reclamando
- En Sentencia, la conducta de María Luisa Ferrufino Aguilera en el ejercicio de las funciones
- De hecho, el ejercicio de la función pública, ya desde la Constitución Política del Estado
- II.3. Sobre el delito de Conducta Antieconómica
- Aduce la recurrente que la Sala Penal Segunda del Tribunal Departamental de Justicia de Santa
- La ahora recurrente, en similares términos de los planteados en casación, opuso recurso de apelación
- Si actuare culposamente, la pena será de reclusión de tres meses a dos años” (sic)
- El ilícito de Conducta Antieconómica, tiene varios verbos rectores, mala administración o dirección técnica o
- El Auto de Vista impugnado, respecto al agravio denunciado, a tiempo de resolver el noveno
- Del razonamiento transcrito del Auto de Vista impugnado, se advierte que el mismo es absolutamente
- De la glosa que precede destaca que en un caso similar, en el que se
- La Sala Penal del Tribunal Supremo de Justicia, con la facultad conferida por el art
- Regístrese, hágase saber y devuélvase
- Secretario de Sala Dr. Cristhian G. Miranda Dávalos
