Auto Supremo AS/0156/2018-RRC
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0156/2018-RRC

Fecha: 20-Mar-2018

La ahora recurrente, en similares términos de los planteados en casación, opuso recurso de apelación


La ahora recurrente, en similares términos de los planteados en casación, opuso recurso de apelación restringida sobre su condena por el delito de Conducta Antieconómica, situación ante la que el Tribunal de apelación, concluyó:

“[María Luisa Ferrufino Aguilera] (…)incurrió en el accionar típico consagrado en el art. 224 del Código Penal, al proceder como funcionaria pública, quien se hallaba en el ejercicio de un cargo directivo y de responsabilidad en la misma Alcaldía Municipal, procediendo por un mal control que se puede traducir en una mala administración, en u daño patrimonial a los intereses del estado, razón por la cual, claramente la tipicidad se encuentra demostrada con relación a este tipo penal, correspondiendo la culpabilidad y responsabilidad de la misma” (sic).

El Auto Supremo 219/2015-RRC-L de 1 de junio, sobre la configuración del delito de Conducta Antieconómica, dejó sentada la siguiente doctrina legal:

“el delito de Conducta Antieconómica se encuentra previsto en el Título VI, Capítulo I del Código Penal, bajo el título de Delitos contra la Economía Nacional, la Industria y el Comercio; consecuentemente, el bien jurídico protegido es la economía del Estado; el tipo penal antes de las modificaciones introducidas por el artículo 34 de la Ley 004 de 31 de marzo de 2010, de Lucha Contra la Corrupción, Enriquecimiento Ilícito e Investigación de Fortunas `Marcelo Quiroga Santa Cruz´ señalaba: El funcionario público o el que hallándose en el ejercicio de cargos directivos u otros de responsabilidad, en instituciones o empresas estatales, causare por mala administración o dirección técnica o por cualquier otra causa, daños al patrimonio de ellas o de los intereses del Estado, será sancionado con privación de libertad de uno a seis años