Auto Supremo AS/0252/2018-RRC
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0252/2018-RRC

Fecha: 24-Abr-2018

5)Acusa también defecto de la Sentencia previsto por el art


5)Acusa también defecto de la Sentencia previsto por el art. 370 inc. 6) del CPP, denunciando defectuosa valoración de la prueba testifical, donde a continuación realiza nuevamente el mismo análisis de las declaraciones testificales de Gladys Inés Alfaro Lavadenz y las contradicciones en las que la testigo habría incurrido a lo largo de su intervención en juicio oral, arguyendo que el Tribunal inferior le da plena fe a esta declaración, pese a la duda y la contradicción que hace en su declaración, lo cual es refrendado por la prueba MP7, que es un informe médico donde describe lesiones sufridas por la víctima, mismas que son todas en la parte superior del cuerpo y que en las extremidades inferiores no tiene ninguna clase de lesión, le dan credibilidad a la declaración y narración como si esta hubiera estado en el lugar y hora del hecho, cuando en realidad la testigo recibe información de terceras personas, que ella misma menciona, como a una profesora, un vecino y un hombre sin especificar nombre alguno más cuando en la comunidad de Itaú todos se conocen