Auto Supremo AS/0284/2018-RRC
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0284/2018-RRC

Fecha: 07-May-2018

Respecto al defecto de Sentencia previsto en el inc


Respecto al defecto de Sentencia previsto en el inc. 11) del art. 370 del CPP, referente a la inobservancia de las reglas relativas a la congruencia entre la Sentencia y la acusación, donde se refirió que el recurrente fue acusado sobre un hecho suscitado el 8 de agosto de 2010 y donde calificaron los hechos de robo agravado, daño calificado y allanamiento de Domicilio; empero, en la Sentencia en su parte dispositiva decide emitir Sentencia condenatoria por el delito de Daño Simple previsto en el art. 357 del CP, delito de acción privada no existiendo congruencia entre la Sentencia y la acusación. Al respecto, el Tribunal de alzada refirió que habiéndose dado la razón en el primer tópico relativo al defecto de Sentencia previsto en el inc. 1) del art. 370 del CPP, necesariamente tiene que subsumirse al punto anterior y no tendría sentido referirse a este defecto de Sentencia, tomando en cuenta que en razón al defecto anterior, se dispuso la anulación de la Sentencia y cualquier otro análisis sobre otros tópicos no tendría razón ni sentido expresar opinión, anulándose la Sentencia carece de trascendencia jurídica. El nuevo Tribunal de juicio deberá examinar todo lo que concierne a la naturaleza del hecho acusado, sea estas o no pertinentes. Razones por las cuales dispuso el Tribunal de alzada la anulación total de la Sentencia