Auto Supremo AS/0332/2018-RRC
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0332/2018-RRC

Fecha: 18-May-2018

El procedimiento abreviado previsto en el art


II.3. Del Auto de Vista impugnado.

El Auto de Vista 58/2017 de 11 de agosto, dictado por la Sala Penal Primera del Tribunal Departamental de Justicia de Cochabamba, que declaró inadmisible el recurso de apelación restringida interpuesto por el imputado, por lo que sin pronunciarse sobre el fondo de la cuestión impugnada, rechazó dicho recurso, bajo la siguiente fundamentación:

El procedimiento abreviado previsto en el art. 373 del CPP, como una salida alternativa al juicio oral ordinario, no extingue, ni suspende el ejercicio de la acción penal, sino lo abrevia, provocando la solución inmediata de la litis. Esta salida alternativa al juicio oral es solicitada por el titular de la acción penal pública, el Ministerio Público, previo acuerdo y conformidad el imputado, que como se dijo constituye una simplificación de los trámites procesales; toda vez, que elimina el debate oral, público y contradictorio, quedando el Juez plenamente facultado para dictar Sentencia sobre la base de la acusación y la solicitud de procedimiento abreviado formulada por el Fiscal, la prueba que la sustenta y la admisión de los delitos acusados por parte del propio imputado