Auto Supremo AS/0348/2018
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0348/2018

Fecha: 07-May-2018

Al respecto, según lo expuesto supra el Juez no puede simple y llanamente aplicar la

Al respecto, según lo expuesto supra el Juez no puede simple y llanamente aplicar la nulidad, que es restrictiva, sino que debe ponderar la omisión frente a los otros principios y derechos constitucionales fundamentales para llegar a una decisión judicial que esté acorde con la nueva dogmática de la nulidad que se afianzó con la Constitución Política del Estado Plurinacional en su art. 115 y los arts. 16 y 17 de la Ley 025, pues sólo será posible la nulidad si existe afectación del derecho a la defensa. En el caso que nos ocupa, no obstante lo señalado, se tiene de la revisión del recurso de apelación que efectivamente se ha solicitado la revocatoria de la Sentencia, circunstancia que conlleva un pronunciamiento de fondo por el Tribunal de alzada respecto a la doble pretensión en debate, sin que sea trascendental que señale expresamente que deba ser probada o improbada cualquiera de ellas, en cuyo caso de la aplicación de los principios pro homine y pro actione, que está directamente vinculado con los derechos a la tutela judicial efectiva y al acceso a la Justicia donde los requisitos formales no deben primar sobre el derecho sustancial, no se puede advertir los fundamentos para el asidero de su reclamo formulado al respecto