Auto Supremo AS/0348/2018
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0348/2018

Fecha: 07-May-2018

CONSIDERANDO IV

CONSIDERANDO IV:
FUNDAMENTOS DE LA RESOLUCIÓN
1.- La recurrente acusa que el Auto de Vista ha otorgado más de lo pedido por las partes, obrando de manera ultra petita transgrediendo el art. 265. I del CPC, pues, la demandada apelante nunca ha establecido como agravio el hecho de que el Juez A quo no hubiese tomado en cuenta la clase de contrato, es decir, que el documento base de la demanda hubiese sido un contrato preliminar y no un contrato definitivo, resultando el análisis del Tribunal de Alzada oficioso que obra con exceso de poder al otorgar más allá de lo pedido, asumiendo el papel de abogados de la demandada por lo que corresponde anularse obrados