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    Auto Supremo AS/0349/2018-RRC
    Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

    Auto Supremo AS/0349/2018-RRC

    Fecha: 18-May-2018

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    • I.1. Antecedentes
    • a)Por Sentencia 2/2014 de 24 de febrero (fs
    • b)Contra la referida Sentencia, los imputados Tomás Escudero Vargas (fs
    • I.1.1. Motivos de los recursos de casación
    • 1
    • 2
    • 3
    • I.2. Admisión del recurso
    • II.1.De la Sentencia
    • Por Sentencia 2/2014 de 24 de febrero (fs
    • b)En la inspección ocular se constataron las características del terreno en cuestión, que coinciden con
    • I.2.De los recursos de apelación restringida y su resolución
    • El imputado Tomás Escudero Vargas interpone recurso de apelación restringida, denunciando que la sentencia carece
    • A través del Auto de Vista recurrido, la Sala Penal Primera del Tribunal Departamental de
    • En el caso presente, la acusadora particular denuncia que el Auto de Vista recurrido: a)
    • III.1. En cuanto a la denuncia de carencia de fundamentación y motivación
    • En este primer motivo de casación, la parte recurrente invoca en calidad de precedente contradictorio,
    • Cuando el Tribunal de Apelación detecte un defecto absoluto de procedimiento, sentencia, vicio sustantivo y/o
    • Identificados los precedentes invocados, se establece que sólo el primer fallo tiene una situación similar
    • En el caso concreto, la denuncia formulada por la acusadora particular tiene que ver con
    • Por su parte, el resto de las imputadas en su primer motivo de apelación, denunciaron
    • Estos planteamientos merecieron la respuesta de parte del Tribunal de alzada, que asumió que la
    • Teniendo en cuenta los criterios anteriores, se advierte en primer término que el imputado Tomás
    • III.2. Respecto a la denuncia relativa al principio de congruencia
    • En el segundo motivo de casación, la recurrente invoca el Auto Supremo 308/2013-RRC de 22
    • Con relación a este temática y en armonía con el precedente invocado por la parte
    • En ese contexto, la calificación legal de los hechos investigados precisada en los actos procesales
    • Esta facultad conocida en la doctrina como principio iura novit curia (El juez conoce el
    • También, es importante remarcar que la facultad privativa de realizar la adecuación penal del hecho
    • En consecuencia, debe tenerse presente que el objeto del proceso descrito en el requerimiento acusatorio
    • En el caso presente, la acusadora particular denuncia que el Tribunal de alzada a tiempo
    • Con relación a este particular motivo, se invoca inicialmente el Auto Supremo 463/2010 de 1
    • Además, en este motivo, se invoca el Auto Supremo 160/2007 de 2 de febrero, cuya
    • La Sala Penal del Tribunal Supremo de Justicia, con la facultad conferida por el art
    • Secretario de Sala Dr. Cristhian G. Miranda Dávalos

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