Auto Supremo AS/0364/2018-RRC
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0364/2018-RRC

Fecha: 05-Jun-2018

En la legislación boliviana, se encuentra regulado por el art


En la legislación boliviana, se encuentra regulado por el art. 133 del CPP, que determina: "Todo proceso tendrá una duración máxima de tres años, contados desde el primer acto del procedimiento, salvo el caso de rebeldía". "Las causas de suspensión de la prescripción suspenderán el plazo de duración del procedimiento. Cuando desaparezcan éstas, el plazo comenzará a correr nuevamente computándose el tiempo ya transcurrido". "Vencido el plazo, el juez o tribunal del proceso, de oficio o a petición de parte, declarará extinguida la acción legal"