Auto Supremo AS/0366/2018-RRC
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0366/2018-RRC

Fecha: 05-Jun-2018

III.1. En cuanto a la denuncia de observación genérica a la apelación


Por Auto de Vista 30/17 de 10 de julio de 2017, el Tribunal de alzada rechaza el recurso de apelación restringida formulado por el recurrente, porque no explica con claridad el agravio ni establece con nitidez el error advertido, menos identifica el error y qué norma sustantiva fue aplicada erróneamente, no explica cuál la norma penal material defectuosamente interpretada y erróneamente aplicada y que el apelante pese al plazo concedido para la subsanación, no presenta ningún memorial, incumpliendo lo previsto por el art. 399 del CPP.

III. VERIFICACIÓN DE LA EXISTENCIA DE CONTRADICCIÓN CON LOS PRECEDENTES INVOCADOS

En el caso presente, la parte imputada denuncia que el Tribunal de alzada: a) Rechazó por inadmisibles los nueve motivos de su apelación restringida con el argumento de que no procedió a su subsanación, pese a que las observaciones fueron genéricas; b) Determinó rechazar por inadmisibles los nueve motivos con base a criterios no señalados en la orden de subsanación; c) Efectuó una observación genérica falsa, porque en todos los motivos de la apelación cumplió con las formalidades previstas por la ley; y, d) No se pronunció respecto a cuatro motivos, pese a que acusó la existencia de defectos absolutos, por lo que corresponde resolver las problemáticas planteadas.

III.1. En cuanto a la denuncia de observación genérica a la apelación