Auto Supremo AS/0425/2018-RRC
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0425/2018-RRC

Fecha: 13-Jun-2018

Bajo este preámbulo corresponde verificar si el Tribunal de alzada contradijo el precedente invocado, respecto

Bajo este preámbulo corresponde verificar si el Tribunal de alzada contradijo el precedente invocado, respecto a la denuncia traída en casación, en consecuencia, a efectos de verificar los fundamentos emitidos en el Auto de Vista impugnado, se tiene lo siguiente:

El Tribunal de alzada referente a la inexistencia de orden de proceder como la observación de los vecinos, expresa lo siguiente: Cabe manifestar que el Juez indica en la Sentencia que Andrés Ortiz reclamó en el juicio la falta de designación de un supervisor por parte de la entidad contratante para que se proceda conforme a la cláusula cuarta del contrato, designación con la cual era el único que podía dar la orden de proceder. Otro justificativo encontrado por el juzgador es que los vecinos se opusieron a la realización de la obra por faltar la instalación de los servicios básicos. Concluye el juzgador que estos imponderables constituye un caso fortuito, algo que acontece inesperadamente y no por voluntad o culpa de los contratantes. El Fiscal alega que lo argumentado por el Juez no justifica el incumplimiento, más cuando la devolución del anticipo recibido se hizo después de iniciado el proceso penal